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Sin fundamentos e interés legítimo impugnación de nuevo magistrado, dice jurídico del Congreso

La impugnación contra el nuevo magistrado Héctor Maldonado Bonilla, carece de interés legítimo y sin fundamentos, no fue fundada debidamente.

27/07/2016 18:45:58
Rubén Hernández
agendatlaxcala
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La impugnación contra el nuevo magistrado Héctor Maldonado Bonilla en el Tribunal Superior de Justicia del Estado (TSJE), carece de interés legítimo y sin fundamentos, no fue fundada debidamente, sostuvo el director Jurídico del Congreso local, Rigoberto Lucas  López, quien refirió que el demandante no forma parte de la terna o procedimiento de elección, por lo que no es viable.

De esta forma, Lucas López, expresó que el juicio de amparo que promovió Luis Antonio Aquiahuatl Sánchez, en contra de la designación de Héctor Maldonado Bonilla como magistrado del TSJE, carece de “interés legítimo”, al no  formar parte de la terna o bien del procedimiento para la elección.  

Asimismo, expuso “se designó al Magistrado Héctor Maldonado Bonilla, y Luis Antonio Aquiahuatl Sánchez promovió un juicio de amparo indirecto para inconformarse en contra de la asignación del magistrado, ya que él hace referencia a que no se fundó debidamente la designación y que no se cumplió con algunos principios que rige la  función judicial”, expuso.

Empero explicó, “entre otras cosas él justifica su interés legítimo en este  aspecto por la circunstancia de que es licenciado en derecho, tiene maestría en materia penal , por lo que solicitó la suspensión del acto que reclama”, señaló.

En tal sentido, manifestó que por falta de fundamentos justificados hasta el momento,  Héctor Maldonado Bonilla continúa al frente del cargo desde el pasado 16 de julio del presente año, hasta el 15 de julio de 2022.

“Lo que se está haciendo referencia y  por eso también le negaron la suspensión provisional, es porque el quejoso carece de interés legítimo, por ello el juez de Distrito Tercero, le negó la suspensión provisional y definitiva, debido a ello el quejosos promovió un recurso de  queja dentro del amparo indirecto, pero lo que está pendiente es que se resuelva el juicio de amparo en el expediente principal”, indicó.

Asimismo refirió, que en el mes de agosto iniciará el segundo periodo de sesiones dentro del tercer año de gestión, por lo que el juicio de amparo, podría determinarse de manera definitiva hasta ese periodo.

“En este caso, el interés  legítimo va en el sentido de que el quejoso no formó parte del procedimiento para la elección del nuevo magistrado,  no formó parte de esa terna y si él no forma parte de esa terna, él no tiene ningún interés porque ni siquiera tiene una expectativa para alcanzar la magistratura”, sostuvo.

Y agregó, “diferente sería que él estuviera dentro de la terna, entonces sí pudiera conformarse porque puede resultar afectado, pero el juez afirmó en la negación de la suspensión provisional y definitiva dijo que aun cuando presentará esos documento no tiene la aptitud para justificar el interés legítimo”, concluyó.

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