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Consejo de judicatura atenderá queja contra magistrada

Niega jueza que incurra en ilegalidades y descarta que haya favoritismo en los casos que atiende
Lunes 04:25 pm, 13 May 2019.
Miguel A. Quiroz
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Consejo de judicatura atenderá queja contra magistrada

El Consejo de la Judicatura atenderá la queja interpuesta por organizaciones por la actuación de la juez Juanita Munguía, de acuerdo a los procedimientos establecidos en estos casos.

Las quejas sobre excesos u omisiones de los servidores del poder Judicial deberán ser recibidas, investigadas y resueltas por el Consejo de la Judicatura, de acuerdo 66 y 68 de la Ley Orgánica de este poder, de ahí que darán trámite a la que fue interpuesta para revisar la actuación de la juez y determinar lo procedente.

En tanto, la jueza Esther Juanita Munguía negó que incurra en irregularidades y actúe con favoritismo en los casos que atiende.

Lo anterior debido a que la semana pasada miembros de diversos movimientos sociales exigieron al Consejo de la Judicatura revisar la actuación de la jueza, por anomalías en el desempeño de su actividad y no ser titular en el cargo al no presentar examen de oposición.

Las integrantes de diversas agrupaciones abocadas a la defensa de los derechos de las mujeres como Movimiento Mujeres con Poder y Nosotrxs, además de Observatorio Ciudadano de Violencia de Género dieron a  conocer su inconformidad con la juez del Tribunal Superior de Justicia del Estado (TSJE), por presuntamente estar a favor de un padre para tener la patria potestad de una menor de siete meses y con ello, quitarle el derecho a la lactancia, entre otras anomalías.

En respuesta la jueza sostuvo que en este caso la menor fue separada de su madre por el DIF, debido a las condiciones en las cuales la encontró, por lo que no tuvo injerencia en este tema.

Además, expuso que durante su estancia en el DIF se tuvieron sesiones de lactancia para la menor y su madre que finalmente recuperó a su hija.

Se refirió  que de acuerdo al artículo 4 ter de la Ley Orgánica del Poder Judicial señala que “las actuaciones practicadas por los funcionarios tendrán validez en el momento que tomen posesión de su cargo y surtirán plenos efectos aún cuando, posteriormente su nombramiento se revoque o no sea aprobado”.

De esta forma descartó que su actuación sea irregularidad.

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